Publicado 21 Ago. 2020
Por: Luis Ardón
¿Cómo validar una incapacidad laboral en época de pandemia? ¡Sigue estos pasos!
Por ley, al superar una ausencia laboral, por causa de enfermedad o accidentes, el trabajador necesitará refrendar una incapacidad en el IHSS, si esta supera los 3 días.
Aunque es un procedimiento no tan complicado, validar una incapacidad laboral puede costarte un poco más ahora, a causa de la pandemia de covid, ya que muchas personas aún desconocen si pueden acudir a las oficinas del Instituto Hondureño de Seguridad Social para continuar su trámite, por lo que, aquí te detallamos lo que debes hacer.
La incapacidad laboral temporal se define como la situación en que se encuentra el trabajador, mientras reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y esté impedido para el trabajo.
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Por lo que, serán necesarios varios pasos para que el Seguro le extienda la refrenda hasta que se le asigne una planilla donde cobrará su incapacidad.
Refrendar incapacidad en pandemia
En época de pandemia, el procedimiento no ha cambiado; sin embargo, debe de cumplir medidas de bioseguridad como el uso de la mascarilla y estar más temprano para realizar la espera necesaria para entrar a las oficinas.
En lo referente a los nuevos horarios de atención, las autoridades del Seguro Social han decidido extender los horarios de atención los fines de semana, cumpliendo las nuevas medidas de circulación durante el toque de queda.
Estos son los pasos
- Ir al primer piso del IHSS Barrio Abajo para solicitar un formulario para llenarlo y que entregará a la Secretaría General con la información requerida, el cual debe ser acompañado de los siguientes documentos, según su caso:
Fotocopia de la tarjeta de identidad de derechohabiente.
Fotocopia del carné de afiliación al IHSS (si lo tuviere)
Certificación médica original extendida en el certificado autorizado por el Colegio Médico de Honduras (CMH) o en papel membretado de la institución cuando la misma sea extendida en un hospital público.
Copia de resultados de exámenes, según diagnóstico.
Presentar documentos debidamente legalizados y traducidos si provienen del extranjero.
Copia de pasaporte acreditando el arribo a territorio nacional (si la constancia fue emitida en extranjero por cirugía o enfermedad común).
Fotocopia de tarjeta de identidad del gestor(a) oficioso(a) cuando no sea presentada por derechohabiente.
Fotocopia de tarjeta de identidad del apoderado (a) o representante legal y carta poder autenticada o escritura pública, según sea el caso.
2. Luego de presentar toda la documentación y que lo ingresen al sistema, le entregarán hoja de refrendo con fecha probable que entregará en el IHSS de La Granja.
3. Cuando sea la fecha asignada usted entregará en el área de incapacidades primer piso del Seguro Social de La Granja, para recibir la refrenda.
4. Posteriormente, enviará o usted mismo lo lleva a su empresa para que lo firmen.
5. Ya la hoja firmada por la compañía la llevará de nuevo al área de subsidios, ubicada en el segundo piso del edificio anexo del IHSS del Barrio Abajo, donde se le entregará un pequeño papel donde se le indicará la probable fecha de pago, el monto y el número de planilla.
6. Finalmente, cuando sea la fecha anteriormente indicada acudir a una agencia de banco que le dirá el Seguro Social para cobrar su dinero el cual deberá de entregar a la empresa en caso que no haya recibido ninguna deducción y en caso que ya se haya hecho esta acción el dinero se lo quedará el derechohabiente.
Incapacidad pre y post natal
La licencia de maternidad un período de descanso remunerado y obligatorio del que gozan las mujeres embarazadas, por lo que es importante tener claro el proceso a realizar.
Primero es importante saber que es el tiempo de descanso es de 10 semanas en total, divididas en 4 semanas antes del parto y 6 posteriores al mismo. Este período de descanso es remunerado al 100% con todas las prestaciones de ley. Durante este tiempo, su salario será cubierto parcialmente por el IHSS y el resto por tu patrono.
Los tiempos de permiso pre y posparto, así como el subsidio de maternidad se subordinan a su descanso. Es decir que para gozar de la licencia y subsidio no debe realizar trabajos remunerados durante ese tiempo.
Para tener derecho al subsidio por maternidad que otorga el IHSS, debe haber cotizado un mínimo de 75 díasen los últimos 10 meses.
El subsidio de maternidad es del 66% por ciento del salario base diario. Se paga durante 42 días anteriores y 42 posteriores al parto.
Al tener presente todo lo anterior los pasos son similares, lo único que cambia es que pedirá el formulario de incapacidad con la fecha probable del parto
Importante
Este refrendo lo debe hacer en los cinco días después que el médico le haya extendido la incapacidad antes del parto, las mujeres que se encuentran en estado de embarazo deben hacer este trámite 40 días antes de la fecha de parto aproximadamente a los 8 meses, este tratamiento se realiza para gozar la incapacidad prenatal.
Una vez que ya ha tenido al infante la mujer debe de hacer nuevamente el trámite de refrendo de incapacidad para gozar el pago de su post natal realizando de la misma manera los pasos ante mencionados
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