Publicado 18 Ago. 2020
Por: Luis Ardón
Frente a Frente: ¿cuándo se le debe suspender el aislamiento a un paciente de covid?
Homer Mejía, epidemiólogo de la Secretaría de Salud, explicó en el programa Frente a Frente sobre los nuevos lineamientos de la suspensión de aislamiento de un paciente de covid.
En el programa Frente a Frente, médicos y epidemiólogos de la Secretaría de Salud y el Seguro Social, hablaron sobre los protocolos de aislamiento de pacientes de covid-19, que han sido dictaminados por la OMS tras los más recientes resultados de evidencia científica.
Ante las nuevas evidencias científicas la Organización Mundial de la Salud (OMS), se ha calificado en diversas categorías la reincorporación de las personas a sus actividades sociales y laborales sin el riesgo que pueda contagiar de covid a otros, explicó Mejía.
En ese sentido, el epidemiólogo dijo que las personas con síntomas se dividen en dos categorías: pacientes leves y los moderados, a partir de la fecha de inicio de síntomas y con una muestra de hisopado nasal, mediante una prueba PCR.
Suspensiones
Desde ese momento se contarán 10 días y al menos tres días adicionales, si el paciente no presenta fiebre y hay mejoría de los problemas respiratorios se podrá suspender el aislamiento, agregó.
Mientras que la otra categoría encierra a las personas sintomáticas severas e inmunodeprimidas, es decir, los pacientes graves que ameritan hospitalización. “A partir de la fecha de inicio de síntomas, al menos 20 días se les va suspender el aislamiento previa evaluación por el médico tratante”, señaló Mejía.
Casos asintomáticos
En el caso de las personas que contraigan la enfermedad y que no presenten síntomas, se les suspenderá el aislamiento a partir de los 10 días, contados a partir de la toma de la muestra PCR.
El médico de la Secretaría de Salud, subrayó que siempre debe haber acompañamieto de un doctor para determinar si se suspende o no el aislamiento.
En referencia a la suspensión de aislamiento, autoridades del Seguro Social y la Secretaría de Salud concuerdan en los periodos y que debe de prevalecer el criterio médico.
¿Las incapacidades médicas a embarazadas y mayores de 60 años?
Para finalizar el programa, representantes del sector privado manifestaron la inquietud si el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) deba ordenar una incapacidad a una mujer embarazada o una persona mayor de 60 años aunque no tenga coronavirus.
Alma Reyes, coordinadora de la Comisión y Evaluación de Certificados de Incapacidades del IHSS, respondió que la incapacidad se extiende si el paciente lo amerita; aunque sea un trabajador de 60 años, pero sino tiene un cuadro clínico que lo amerite no procede desde el punto de vista médico, al hacer hincapié en un reglamento que regula el certificado de incapacidad.
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